Nuestro compromiso con tu seguridad siempre nos ha llevado a buscar las mejores alternativas para cumplir con ello y para que siempre te sientas protegido o que tu bien o inmueble esté protegido. Por esto, ya te hemos comentado varios de nuestros servicios y tecnologías, así como te hemos contado hasta qué punto podemos operar nosotros y en qué momento debemos hacer uso de los servicios ofrecidos por entidades públicas, como la Policía Nacional
¿Recuerdas a la RASCI?, bueno, esta Red de Apoyo enfocada en unir las empresas de Seguridad Privada y la Fuerza de la Policía Nacional es una iniciativa que busca fortalecer tu seguridad; sin embargo, existen limitaciones en esta unión y hoy te contamos una de ellas.
Se había estudiado la posibilidad de que como empresas de Seguridad Privada pudiéramos compartir las cámaras de vigilancia con la Policía Nacional, con el objetivo de mejorar el proceso de seguimiento y captura de los delincuentes. Pero esta iniciativa no llegó muy lejos; la Corte Constitucional tomó la decisión de ponerle fin a la aprobación que había otorgado la Ley de Seguridad Ciudadana a la Policía Nacional para acceder a los circuitos cerrados de vigilancia privada.
La Corte argumenta que sería contrario a la Constitución permitir que la Policía acceda sin autorización de un juez y que, a su vez, este sería un requerimiento que solo podría solicitar la policía judicial, que cuenta con funciones investigativas durante el curso de un proceso de identificación o judicialización y bajo la dirección de la Fiscalía General de la Nación. Así se argumenta esta decisión bajo la protección de la información personal y el derecho a la intimidad.
Y esto no es todo, también establecieron que, en espacios privados, nosotros como entidad de Seguridad Privada, debemos garantizar en cierta medida la intimidad personal, familiar o grupal, y de los datos sensibles de tu hogar o empresa. Esta limitación se condiciona entonces en el artículo 48 de la Ley 2197 de 2022, donde se establece que el acceso a circuitos privados de Seguridad y Vigilancia Privada para acciones de identificación o judicialización no se asigna a la Policía Nacional sino concreta y exclusivamente a la Policía Judicial.
Fuente de Información: https://www.semana.com/confidenciales/articulo/empresas-de-vigilancia-privada-compartiran-camaras-de-seguridad-con-la-policia-de-bogota/202124/